jueves, 6 de enero de 2011

El Gobierno decretó la exoneración del pago de IVA para importaciones del sector eléctrico

Con el objetivo de impulsar la superación definitiva de la coyuntura que atraviesa el Sector  Eléctrico Nacional, el Gobierno decretó la exoneración del pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA) para “las importaciones definitivas de los bienes muebles corporales, realizadas por los órganos o entes de la Administración Pública, destinados exclusivamente al mantenimiento, atención de fallas, inspección y supervisión del Sistema Eléctrico Nacional 

La información que fue publicada a través del decreto presidencial 7.980, en la Gaceta Oficial N°39.586 de fecha 4 de enero de 2011, determina en este sentido, la importación sin pago del IVA de 1000 (mil) vehículos para el transporte de personas y mercancías de la industria eléctrica nacional. 

El Superintendente Nacional Aduanero y Tributario, José David Cabello Rondón, señaló que en el decreto se establecen las condiciones y requisitos a cumplir para el disfrute de la exoneración, y que le corresponde al SENIAT determinar el proceso de evaluación del beneficio, que se aplicará semestralmente. 

El decreto de exoneración del IVA para las importaciones eléctricas señala que “la oficina aduanera de ingreso debe llevar un registro de las operaciones exoneradas del IVA, donde se identifique la fecha de importación, las cantidades de bienes, el valor CIF de los bienes importados, el monto del respectivo impuesto de importación y el monto del IVA exonerado, así como el monto de los recargos, derechos compensatorios, derechos antidumping, intereses moratorios y otros gastos que se causen por la importación, según sea el caso

El Ministerio del Poder Popular de Planificación y Finanzas en coordinación con el Ministerio del Poder Popular para la Energía Eléctrica, queda encargado de efectuar la evaluación del cumplimiento de los resultados esperados conforme a lo previsto en este decreto.

El Superintendente Cabello Rondón destacó que el SENIAT agotará esfuerzos por apoyar esta medida decretada por la Presidencia de la República Bolivariana de Venezuela, que busca facilitar los bienes y recursos destinados al sector, necesarios para garantizar la óptima  prestación del servicio eléctrico.

El plazo máximo de duración del beneficio será de un año, a partir de la fecha de su entrada en vigencia o publicación en la Gaceta Oficial.


 Fuente: www.seniat.gob.ve
 

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